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En el Estado de Jalisco existe el divorcio sin causa o incausado, y el divorcio voluntario. Y se pueden tramitar ante un Juez de lo Familiar, o con el apoyo de un mediador(a) o ante el Oficial del Registro Civil, dependiendo de la situación particular.
Los derechos de un niño(a) son:
PATRIA POTESTAD.
Es el derecho del niño a ser representado por sus padres o por quién ejerza la patria potestad.
GUARDA Y CUSTODIA.
Se refiere a quién será la persona o institución que deberá cuidar físicamente al niño(a). En el Estado de Jalisco se busca que este derecho sea compartido entre ambos padres. Pero también puede ser ejercida por uno solo de los padres, los abuelos, o, en casos puntuales, por alguna institución gubernamental.
ALIMENTOS.
Engloba todos los derechos del niño(a) de que se cubran sus necesidades materiales. No solo se refiere a comida, además se incluye la educación, atención médica, esparcimiento, etc. Ambos padres tienen la obligación de contribuir al pago de este derecho.
VISITAS Y CONVIVENCIA.
En caso de que se determine que la guarda y custodia la ejercerá uno solo de los padres, el otro tendrá el derecho/obligación de convivir con el niño(a) dentro de las modalidades que fije el Juez o que acuerden las propias partes.
Un juicio donde se ventilen derechos familiares se debe gestionar bajo las siguientes reglas territoriales:
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Debe acudir a la Fiscalía del lugar donde se cometió el delito. En la oficina de recepción de denuncias debe narrar los hechos que considera importantes y que constituyen delito. El Ministerio Público iniciará una carpeta de investigación en la que se integraran tanto la denuncia como los actos de investigación que realice el Ministerio Público o los abogados que representan a las otras partes.
Le recomendamos guardar silencio y solicitar hablar con su abogado de inmediato. Su abogado debe de ser un profesional del derecho al que Usted le tenga confianza. Lo que está en riesgo es su libertad.
La víctima u ofendido tiene derecho a ser representado durante todo el proceso por el ASESOR JURÍDICO. Abogado que asistirá a todas las audiencias y le dará impulso al proceso, buscando proteger sus derechos e intereses de la mejor manera.
El imputado tiene derecho a contar con un abogado DEFENSOR, quien tiene la obligación de proteger sus intereses.
En ambos casos le podemos apoyar al contar con la experiencia de más de 25 años en el litigio, y con el conocimiento de la materia.
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El patrimonio de una persona que fallece debe de asignarse a alguien más, sea un familiar o una institución pública,
Cuando el autor de la sucesión estableció su última voluntad en un testamento, se debe cumplir lo ordenado por un Juez o un Notario.
Cuando no deja testamento, o el testamento no asigna todos los bienes del patrimonio, se debe tramitar un juicio sucesorio, en el que se decidirá quiénes son las personas que recibirán las cosas.
Es un proceso que se sigue ante un Juez para asignar los bienes del patrimonio de una persona fallecida.
Se compone de cuatro secciones:
Primera: Denuncia de la sucesión, designación de herederos y nombramiento de albacea.
Segunda: Inventario y avalúo de los bienes que conforman la masa hereditaria.
Tercera: Administración de la masa hereditaria-
Cuarta: Partición y adjudicación de bienes.
Ante el Juez del lugar donde el autor de la sucesión vivía, o en el lugar donde se encuentren bienes propiedad del autor de la sucesión.
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